Sin embargo, el trámite no es tan sencillo como vienen en afirmar los vencedores ya que el actual título concesional fue otorgado por acuerdo del Consejo de Administración de Puertos de las Islas Baleares el 26 de mayo de 2009 y, posteriormente, ratificado por el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 8 de febrero de 2010.
Dicho título se otorgó después del acuerdo adoptado por unanimidad de todos los socios de renunciar a la concesión otorgada por la Orden Ministerial de 9 de enero de 1976. En base a esa nueva concesión, se estableció que el Club Náutico La Rápita únicamente podría explotar los derechos de uso preferente de amarre mediante el régimen de alquiler.
Ejecutadas y abonadas en su mayor parte las obras de ampliación y reforma ahora –según denuncian los miembros de la asociación SOS CN Rápita– se pretende instar a la Administración a modificar la concesión con el argumento de que existen agravios comparativos con otros clubes.
La renuncia a la concesión de 1976 y la aprobación de la nueva fue adoptada por unanimidad de los socios en 2008. El sábado no se produjo esa unanimidad ya que el club está sometido a un clima de crispación que impide el que pueda llegar a adoptarse acuerdos de consenso.
Lo que quedó de manifiesto en la asamblea del pasado sábado es que los cientos de socios que carecen de amarre y están en lista de espera para conseguirlo no fueron a votar. El asunto se dilucidó entre los cesionarios (345) y los arrendatarios de amarre (156), que configuran la totalidad de los puestos de que dispone el club.
Si se examina el acuerdo aprobado en la Asamblea del sábado, resulta que lo que se pretende es que los socios que con la concesión de 1976 –ya extinguida- fueron titulares de un derecho preferente de uso de amarre no reciban el mismo trato que el 75% restante de los socios, sino que, en perjuicio del Club, dispongan de un título concesional que puedan transmitir libremente a cambio de un precio. Y esto es lo que pretende negociar la Junta Directiva con la Administración.
Tal y como se establece en el artículo 87.1 del Decreto 11/2011 de 18 de febrero, la Administración podrá modificar las concesiones otorgadas, pero siempre que concurran causas de utilidad pública o de interés general debidamente acreditadas.
Resulta obvio, a criterio de SOS CN Rápita, que el supuesto que plantean los que pretenden la modificación –el trato discriminatorio entre clubes– “no se encamina a mejorar las condiciones de explotación, ni a racionalizarlas, ni a adecuarlas a las necesidades de los usuarios, sino a beneficiar a los que bajo la concesión extinguida adquirieron unos derechos que, precisamente por estar extinguida se han extinguido o se extinguirán en breve, y por tanto la Administración, que sirve al interés público, nunca puede amparar actuaciones como la expuesta”.
Al término de la Asamblea del sábado, los contrarios a la modificación impugnaron el acto y no descartan emprender acciones de legales contra la actual Directiva por deslealtad y mala gestión.
comentarios en tablon de noticias (2):
Bon dia
M’agradaria molt que la gent en primer lloc fos respectuosa cosa que dissabte no va passar a l’assamble. Despres aquesta batalla interna que hi ha dins el club no beneficia a ningu. La batalla pareix que es entre socis,i que realment s’hauria de fer es un esforç comu per poder conserva la concesio d’aquest unic club. Que voleu amb aquesta batalla que vengui una multinacional”kun&partner,o qualsevol grup inversor “i que es facim amos i senyors de u club que es va funda en la il.lusio i l’esforç de un grup de gent. Jo donaria el meu amarrament a canvi de que aquesta batalla s’acabas,i vosaltres els de SOS que donariu a canvi? Gracies
Salut
I esforç en comu
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por Diego Feliu 1 Comentario
2 noviembre, 2011
El Consejo de Gobierno que preside José Ramón Bauzá será en última instancia quien decida
Rafael, me alegra ver tu disposicón para que se solucione el tema de esta batalla que existe en el Club, que no tendría que haber empezado nunca.
Pero lo que si te digo que esta batalla no la iniciáron los socios NO cesionarios (alquiler y cuota) sino que fueron los cesionarios cuando han intentado modificar el titulo concesional.
El actual titulo cesional fue negociado por la junta directiva de conformidad con el mandato de la asamblea general en el año 2008 (los asistentes a la misma en su mayoría eran cesionarios y con su voto dieron la conformidad al titulo concesional firmado en el año 2.010).
Los socios de cuota y de alquiler respetamos el derecho que tienen adquiridos los cesionarios hasta la finalización de la anterior concesión (año 2.018) y no desean aprovecharse de ninguno de ellos.
Lo que parece fuera de sentido es que los señores, UNOS POCOS, cesionarios, (por tu escrito veo que no todos son iguales) quieran apoderarse, en su provecho, del Club Nautico, patrimonio de todos los socios, hasta el año 2040 fecha de finalización de la concesión actual suscrita en el año 2.010.